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viernes, 15 de mayo de 2015

CNP: Decisión judicial contra editores y periodistas es muestra de abuso de poder






Caracas.- “La medida de prohibición de salida” del país a editores y periodistas de El Nacional, Tal Cual y La Patilla, revela en toda su magnitud la gravedad de la situación en que se encuentra el “derecho de la libertad de expresión en nuestro país”, dijo Lisbeth De Cambra, secretaria general del Colegio Nacional de Periodistas Distrito Capital (CNPDC).

“La decisión tomada por la jueza María Eugenia Núñez, titular del Tribunal 12 de Juicio, es desmesurada e injusta porque lo hace sobre una causa que no existe”, afirmó.
“Los medios de comunicación y los ciudadanos víctimas de la decisión” judicial es injustificada pues ellos sólo “citaron una noticia publicada” del ABC de España “sin ninguna intención de lastimar o poner en tela de juicio la reputación de nadie, sino informar sobre un supuesto que es del conocimiento público que ya había sido publicado”, agregó De Cambra.

La noticia que provoca la demanda del presidente de la Asamblea Nacional (AN), Diosdado Cabello, contra los editores y periodistas de los diarios mencionados, fue publicada dos días después una información aparecida en el diario español ABC (25/01/2015). Esa situación es muy común en el periodismo ya sí una declaración o información, por su importancia, es seguida por otros medios hasta que ésta se confirme, se investigue y sea aclarada.

Castigar a los medios y periodistas que publicaron dicha noticia solo busca amedrentarlos y lograr que se silencien los casos en los que están involucrados funcionarios del gobierno. En vez de aclarar la situación denunciada y presentar argumentos que demuestren lo contrario, el régimen afecta con estas medidas los derechos a la libertad de expresión y de información que tienen periodistas y ciudadanos en una sociedad democrática que respete esos derechos y respete la independencia de los poderes públicos.

Hay suficiente jurisprudencia sobre casos similares en la que se demuestra que no se incurre en delito alguno por reproducir informaciones de terceros. La propia Declaración de Principios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su artículo 10, señala que “Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público”… “debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas”.

Esta decisión, que prohíbe la salida del país y, además, presentarse periódicamente alTribunal se toma sin que los afectados hayan sido citados e informados; es decir que se toma una medida sin permitirle a ninguno ejercer su derecho a la defensa, lo que constituye otro abuso contra los ciudadanos.

De Cambra agregó que la institución gremial a la que representa, el CNP DC Caracas, esta abierta al diálogo, más no renunciará a la defensa de la libertad de expresión, así como tampoco permitirán que siga fustigado a los periodistas por ejercer la profesión de informar.

FUENTE: Comunicado del CNP Caracas

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