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lunes, 6 de agosto de 2018

¿Qué celebramos un 4 de agosto?


Por Eduardo Orozco*
Viernes 4 de agosto de 1972, después de 5 años de fuerte actividad de los periodistas de todo el país agrupados en la Asociación Venezolana de Periodistas (AVP), con el respaldo de profesores y estudiantes de Comunicación Social de diversas universidades, y de decenas de organizaciones gremiales, empresariales y sindicales, fue aprobada la primera Ley de Ejercicio del Periodismo en Venezuela. Por fin los periodistas contaban con normas de protección para ejercer con mayor libertad su profesión y con garantías a la libertad de expresión. Nace el Colegio Nacional de Periodistas.
Martes 6 de diciembre de 1994, los estudiantes que ocupaban las barras de la Cámara del Senado del Congreso Nacional compartieron con la dirigencia gremial la emoción de presenciar el debate sobre la nueva Ley de Ejercicio del Periodismo, proyecto de Reforma de la Ley entregado en 1980 al parlamento durante la gestión de Gilberto Alcalá, 14 años después, en medio de un intenso debate, resistiendo todo el poder de los dueños de los medios, la Ley fue aprobada por unanimidad.
Después de 46 años de vigencia de la Ley y su reforma, ha quedado comprobado que no existe contradicción entre colegiación y libertad de expresión en Venezuela
Momentos importantes de dos generaciones de periodistas en la búsqueda de garantías legales para ejercer su profesión en un marco de libertad y respeto. En Venezuela, la colegiación de los periodistas siempre ha estado indisolublemente ligada a la lucha por la libertad de expresión y el derecho a la información. Este vínculo es la expresión natural de una larga tradición venezolana que armonizó perfectamente estos objetivos como requisitos de una sociedad democrática y así fue recogido en la propia Ley de Ejercicio. Por eso, cuando todo el poder mediático internacional demandó la nulidad de la Ley de colegiación, la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos tuvo que aprobar una resolución que señaló que “la colegiación obligatoria de periodistas, en cuanto impida el acceso de cualquier persona al uso pleno de los medios de comunicación social como vehículo para expresarse o para transmitir información, es incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana de derechos Humanos”.
Esa condición establecida por la Corte dejó en un aprieto a los medios que ha sido los que, tradicionalmente, impiden la expresión libre de los ciudadanos sobre temas que no agradan a sus dueños.
Este tema es página pasada porque, después de 46 años de vigencia de la Ley y su reforma, ha quedado comprobado que no existe contradicción entre colegiación y libertad de expresión en Venezuela, pero en una declaración reciente, un representante de los medios, al referirse a un caso ecuatoriano, aprovechó para descalificar el derecho de los periodistas a organizarse en colegios.
A estas alturas de los avances tecnológicos, y cuando vuelvan condiciones de confianza y normalidad en Venezuela, seguramente será el momento de revisar y actualizar la Ley de cara al ejercicio profesional en la sociedad de las redes. Por ahora, en estos tiempos de atropellos como política del Estado Autoritario, no podemos descuidar su cabal cumplimiento en defensa del derecho de los periodistas a organizarnos y a ejercer nuestra profesión en un clima de respeto y libertad.
* Expresidente del CNP 1992-1996.

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